El Gobierno eliminó el subsidio al gas en zonas frías

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En medio de una ola polar que afecta a gran parte del país, el Gobierno nacional tomó una decisión que generó fuerte polémica: dejó de subsidiar el consumo de gas en las zonas frías y trasladó ese costo a todos los usuarios del país.

La medida del Gobierno fue oficializada por el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) a través de la resolución 444/2025, publicada en el Boletín Oficial, y tendrá un impacto directo en las facturas de gas de millones de hogares.

El ajuste representa un recargo de hasta el 6,73% sobre el precio del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST), lo que se traduce en un aumento de entre 1,4% y 2,4% en la boleta final, dependiendo de la distribuidora y la zona geográfica.

El recargo se destina al Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas, creado en 2002 para financiar tarifas diferenciales en regiones con climas extremos, como la Patagonia, la Puna y el departamento de Malargüe, en Mendoza.

Hasta ahora, ese fondo se sostenía parcialmente con aportes del Tesoro Nacional. Sin embargo, el Ministerio de Economía decidió dejar de financiarlo directamente y trasladar el costo a los usuarios de todo el país.

El argumento oficial es que “la política de mantener un esquema de subsidios generalizados y crecientes en el tiempo resulta incompatible con la situación financiera actual del Estado”, según la resolución firmada por el ministro Luis Caputo. El objetivo es ahorrar unos USD 300 millones anuales y reforzar el superávit fiscal.

Impacto

El impacto del recargo varía según la empresa distribuidora. Por ejemplo: En Metrogas (AMBA), el recargo pasó del 6,2% al 6,73%. En Camuzzi Gas del Sur (Tierra del Fuego), es del 6,43%. En Naturgy BAN, ronda el 6,66%.

Dado que el precio del gas en el PIST representa entre el 20% y el 35% del total de la factura, el impacto final para los usuarios será de entre 1,4% y 2,4% en promedio. El nuevo ítem aparecerá en las boletas bajo la leyenda “Fdo. Fiduciario Art. 75 Ley N.° 25.565. Modif. Ley 27.637”.

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