Buenos Aires. La decisión del Gobierno nacional por incumplir las leyes sacionadas por el Congreso tuvo un nuevo revés judicial. El juez federal de Campana, Adrián González Charvay, le otorgó al Ejecutivo un plazo de cinco días hábiles para cumplir la Ley de Emergencia en discapacidad. De lo contrario, comenzará a aplicarles multas a funcionarios como el jefe de Gabinete, Manuel Adorni; la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, y el titular de la Andis, Alejandro Vilches, con la posibilidad de ser denunciados penalmente por desobediencia judicial. El 12 de diciembre, González Charvay había invalidado el decreto que suspendía la vigencia de la ley y ordenó que sea ejecutada en todo el país. “Este paso es importantísimo porque significa que no existe cosa tal como una ley suspendida”, afirman los prestadores de servicios.
“Una vez dictada la sentencia, el Poder Ejecutivo Nacional está obligado a cumplirla. No existe ninguna razón ni fundamento para que el Ejecutivo se abstenga de hacerlo”, explicó el abogado de los prestadores, Diego Armesto. Según detalló, la resolución judicial estableció el cumplimiento inmediato, por lo que, una vez notificado el fallo, el Poder Ejecutivo Nacional queda automáticamente obligado a atender el reclamo del colectivo alcanzado.
Frente a esta situación, el colectivo de discapacidad solicitó al juez la ejecución de la sentencia y requirió que, en caso de incumplimiento, se apliquen astreintes, es decir, multas económicas que los magistrados imponen para forzar el acatamiento de una orden judicial firme ante una resistencia injustificada. “Se trata de una medida de coerción tanto psicológica como económica”, señaló Armesto. No obstante, aclaró que por el momento esas sanciones aún no fueron efectivizadas. Deberían comenzar a partir del 1 de febrero.
La ley había sido aprobada por el Congreso en julio del año pasado y declaraba la emergencia en materia de discapacidad hasta diciembre de 2026 con opción de prórroga hasta fines de 2027. El Presidente Javier Milei vetó el proyecto y ambas cámaras del Congreso lo rechazaron. Sin embargo, aunque el Poder Ejecutivo promulgó la norma, estableció un freno a su aplicación mediante el decreto 681/2025, al considerar que el Congreso no había definido las fuentes de financiamiento.
Inmediatamente, dos familias en representación de sus hijos que poseen el Certificado Único de Discapacidad (CUD) presentaron un amparo judicial, que obtuvo el apoyo del colectivo de discapacidad en todo el país. Argumentaron que la suspensión profundiza la situación de desprotección de miles de personas que dependen de tratamientos, prestaciones y apoyos que ya se encontraban afectados por la crisis económica y el desfinanciamiento.
Por su parte, el Gobierno justificó la suspensión mediante argumentos fiscales y sostuvo que la aplicación de la ley sin partidas específicas podría afectar el funcionamiento de otras áreas del Estado. También planteó que cualquier reasignación presupuestaria corresponde al Congreso y no al Poder Ejecutivo. Sin embargo, esos argumentos fueron desestimados por el juez González Charvay, quien remarcó que, tras el rechazo del veto presidencial, la Constitución obliga al Ejecutivo a promulgar y cumplir la ley sin condicionamientos.
La situación para los prestadores es apremiante y se profundiza cada día que la ley no entra en vigencia.
