El 29 de septiembre de 2026, la Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó la sentencia de la Cámara Federal de La Plata que había declarado inconstitucional el artículo 154 del DNU 70/23, que derogó la Ley 26.737. El tribunal consideró que la soberanía territorial no es un derecho de incidencia colectiva. El Senado había rechazado el DNU en marzo de 2024, pero Diputados no trató la norma.
El 29 de septiembre de 2026, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) revocó la sentencia de la Cámara Federal de La Plata que había declarado inconstitucional el artículo 154 del DNU 70/23 y suspendido su aplicación. Con esa decisión, la Ley 26.737 de Tierras Rurales perdió vigencia y los extranjeros quedaron sin límites para adquirir tierras rurales en el país.
El tribunal rechazó la demanda presentada por el Centro de Excombatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) al considerar que la soberanía territorial es un elemento constitutivo del Estado y no un derecho de incidencia colectiva.
Antecedentes: la Ley 26.737
En diciembre de 2011, el Congreso sancionó la Ley 26.737, que estableció el Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales. La norma fijó que no pueden estar en manos extranjeras más del 15% de las tierras rurales del país, con un tope de 1.000 hectáreas por titular extranjero en las zonas más productivas, y prohibió la venta de tierras que contengan o sean ribereñas de cuerpos de agua de envergadura y permanentes, así como las ubicadas en zonas de seguridad de frontera.
La ley exceptuó de su aplicación a las personas físicas de nacionalidad extranjera que cuenten con diez años de residencia continua, permanente y comprobada en el país, o de cinco años si están casadas con argentinos o tienen hijos argentinos (artículo 4). Además, dispuso que todos los actos jurídicos celebrados en violación a la ley son de nulidad total, absoluta e insanable (artículo 7).
El DNU 70/23 y la derogación
Al asumir la presidencia, Javier Milei dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/23. En su artículo 154, derogó la Ley de Tierras 26.737 en su totalidad, por lo que los extranjeros dejaron de tener restricciones para la adquisición de tierras rurales a partir del 29 de diciembre de 2023.
El CECIM presentó una acción de amparo contra la derogación, con pedido de suspensión inmediata como medida cautelar. La Cámara Federal de La Plata hizo lugar al amparo, declaró inconstitucional el artículo 154 del DNU 70/23 y suspendió su aplicación. El Poder Ejecutivo presentó un recurso extraordinario ante la CSJN.
El rechazo del Senado y la falta de tratamiento en Diputados
El Senado Nacional rechazó el decreto 70/23 el 14 de marzo de 2024. Sin embargo, la Ley 26.122, que regula el trámite de los DNU, exige el rechazo de ambas Cámaras para que la norma caiga. Diputados nunca trató el DNU 70/23, por lo que siguió rigiendo. La oposición pidió una sesión especial para tratar el tema.
La Ley 26.122 establece en su artículo 24 que, hasta que se revoque el DNU 70/23 por el Congreso, los derechos adquiridos durante su vigencia valen.
Anuncio de ciudadanía por inversión
El 2 de octubre de 2026, durante la Argentina Week en París, el ministro de Economía, Luis Caputo, y el jefe de Gabinete, Diego Santilli, anunciaron la puesta en marcha de un programa que autorizará a ciudadanos extranjeros a solicitar la ciudadanía argentina mediante un aporte de 350.000 dólares al Tesoro Nacional o la suscripción de un título público de 800.000 dólares, sin tener que demostrar residencia continua, permanente y comprobada en el país, como exige la Ley 26.737.
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