La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró inconstitucional el artículo 55 de la Ley 27.802, que establecía una reducción en las indemnizaciones por despido. El fallo se originó en la demanda de un trabajador de un lavadero de autos despedido en 2022.
La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró inconstitucional un artículo de la reforma laboral impulsada por el presidente Javier Milei. El fallo, emitido este jueves, se refiere al artículo 55 de la Ley 27.802, aprobada por el Congreso Nacional en marzo pasado.
Los jueces Enrique Catani y Gabriela Vázquez, integrantes de la Sala I, consideraron que dicha norma viola los artículos 14, 16, 17 y 14 bis de la Constitución Nacional. El artículo cuestionado establecía una reducción en las indemnizaciones por despido.
El caso se originó a partir de la denuncia de un trabajador de un lavadero de autos que fue despedido en 2022. Los magistrados señalaron que la aplicación de la ley implicaba una quita en el contenido económico de la acreencia laboral.
En su voto, el juez Catani expresó: “La norma no se limita a reglar el modo de cálculo de los accesorios, sino que impone una verdadera quita legal sobre el contenido económico de la acreencia. Nadie tiene un derecho constitucional a que su deuda se licúe mientras permanece impaga por el mero transcurso del tiempo”.
