Actualización: cómo quedan las multas de la Policía Caminera de Córdoba

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El gobierno provincial emitió una resolución con los nuevos montos con los que se calculan las sanciones a conductores en las rutas.

La Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito publicó este miércoles en el Boletín Oficial una nueva actualización en el valor de la Unidad Fija (UF) con la que se calculan las multas. Se determinó que cada UF se eleve hasta los 2.101 pesos.

Los nuevos valores quedaron establecidos de la siguiente manera:

  • Infracciones leves (desde fumar al conducir): de 20 a 100 UF. El costo oscila entre $42.042 y $210.100, con una quita de hasta 2 puntos de la licencia.
  • Infracciones graves (desde luces apagadas): de 100 a 200 UF. Los montos van desde $210.100 a $420.200, con una pérdida de 2 a 5 puntos.
  • Infracciones muy graves (a partir de pasar un semáforo en rojo, ir contramano o por exceso de velocidad): de 200 a 400 UF. Las sanciones van hasta $840.400, pudiendo perder hasta 20 puntos de la licencia.
  • Infracciones máximas (desde alcoholemia positiva hasta destrucción de infraestructura): de 1.200 a 2.000 UF. Los valores arrancan en $2.521.200 y llegan a $4.202.000. En estos casos, además de la multa económica, se aplica la inhabilitación para conducir y, en situaciones específicas, denuncias penales.

Según la Ley de Tránsito, se consideran infracciones graves: conducción negligente o temeraria; omisión de socorro; ingestión de sustancias que perturben las facultades psicofísicas; incumplimiento de límites de velocidad, prioridad de paso, adelantamiento, cambios de dirección o sentido, circulación en sentido contrario; paradas y estacionamientos en lugares peligrosos; conducir sin luces en situaciones de falta de visibilidad; circulación sin autorizaciones o sin chapa de dominio; retirada o deterioro de señalización; y competencias entre vehículos.

Las infracciones muy graves incluyen, además, la circulación sin seguro obligatorio contra terceros, la fuga tras un accidente y la contaminación del medio ambiente. Las multas pueden triplicarse si el juez de faltas determina circunstancias agravantes, como peligro inminente para la salud, fingimiento de servicios de urgencia, abuso de situaciones de emergencia, entorpecimiento de servicios públicos o que el infractor sea funcionario que abuse de su cargo.

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