La Escuela de Abogados del Estado convocó a tres especialistas para analizar fortalezas y debilidades del procedimiento administrativo

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El ciclo anual de conferencias gratuitas de la Escuela de Abogados del Estado, dependiente de la Fiscalía de Estado, abordó este martes el tema “Contratos Administrativos” con exposiciones de José Luis Palazzo, Fabiana Sciacca y Lorena Dasenchich, transmitidas a inscriptos de diez provincias.

La Escuela de Abogados del Estado (EAE), dependiente de la Fiscalía de Estado, continuó este martes con su ciclo anual de conferencias gratuitas, abordando el tema “Contratos Administrativos”. Las exposiciones estuvieron a cargo de José Luis Palazzo, Fabiana Sciacca y Lorena Dasenchich, profesionales con experiencia en investigación y docencia.

La transmisión se realizó a través de las cuentas oficiales de la EAE en Zoom y Youtube, y fue dirigida a inscriptos de Mendoza, Chubut, Catamarca, Tierra del Fuego, Santa Fe, Tucumán, Jujuy, Formosa, San Luis y La Rioja.

La directora de la EAE, Mariana Boschetto, presentó a los disertantes y justificó la elección de la problemática. “El tema que hoy nos convoca es la contratación pública. En la vertiginosa realidad que transitamos, vamos a hacer un alto y reflexionar sobre el procedimiento administrativo cordobés, advertir sus posibles mutaciones, verificar su eficacia y contrastar su conceptualización con el derecho vivo para visualizar posibles nuevos aportes”, sostuvo.

José Luis Palazzo se refirió a la conveniencia de tratar un tema con aristas complejas. “Abordar el procedimiento administrativo como un verdadero ‘código genético’ de la Administración Pública implica identificar sus debilidades y fortalezas, exponiendo sus avances, estancamientos y retrocesos”, afirmó. Añadió que “las innovaciones pueden originarse en eventos novedosos como la utilización de TIC, y entre ellas las más disruptivas como la IA, como herramientas que ayudan a gestionar los riesgos en materia de contrataciones; o en el abordaje de problemas clásicos desde ópticas novedosas, como el agotamiento de la vía administrativa en materia contractual desde la perspectiva de los principios vinculados al ‘espíritu de servicio’ que debe guiar la actuación de la Administración Pública, el respeto de la dignidad del contratante, la tutela administrativa efectiva y la buena fe”.

Fabiana Sciacca señaló que “la impugnación de los contratos administrativos plantea un problema central que aún hoy presenta aristas controvertidas: determinar si los actos dictados a lo largo del iter contractual deben ser cuestionados de manera individual o si, por el contrario, es posible articular una impugnación integral a partir del acto que dispone la rescisión o extinción del vínculo”. Agregó que “esta cuestión adquiere especial relevancia cuando, junto al acto rescisorio, se dictan decisiones posteriores que fijan sus efectos, tales como la ejecución de garantías, la exigencia de restitución de sumas percibidas, la liquidación final del contrato, el rechazo o reconocimiento de trabajos ejecutados y la aplicación de sanciones”. “En este contexto, se impone analizar si tales actos deben ser considerados aisladamente o si integran una misma secuencia jurídica, susceptible de ser comprendida dentro de un único planteo impugnatorio”, concluyó.

Lorena Dasenchich se ocupó del capítulo de las nuevas tecnologías. Afirmó que “el comité de gobernanza pública de OCDE, partiendo de la necesidad de transformar la contratación pública en un instrumento estratégico para la buena administración, afirma que se deben integrar las estrategias de gestión de riesgos para la definición, detección y atenuación de éstos a lo largo del ciclo de la contratación pública”. Explicó que “define a los riesgos como las ‘amenazas al óptimo funcionamiento del sistema de contratación pública’, es decir, posibles errores en la ejecución de tareas administrativas (lo que llevaría a la emisión de actos administrativos viciados que serían objeto de impugnaciones en sede administrativa y judicial) y las conductas erróneas deliberadas (haciendo especial referencia aquí a la corrupción)”. Y opinó que “en este contexto, el uso de TIC, fortalece las capacidades institucionales en materia de contrataciones públicas a los fines de innovar en el Estado para gestionar transformaciones útiles orientadas a fortalecer la gobernanza anticipatoria. Es por ello, que consideramos necesaria la descripción del marco normativo y de usos concretos de TIC en materia de contrataciones en el ámbito de la Provincia de Córdoba y gobiernos locales, a los fines de identificar buenas prácticas y propuestas superadoras”.

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