La normativa modifica el Código de Convivencia Ciudadana y establece que los municipios serán los encargados de habilitar la actividad, mientras que la Provincia implementará programas de inclusión sociolaboral.
En la quinta sesión ordinaria del 148° período legislativo, la Legislatura de Córdoba sancionó anoche una ley que regula la actividad de los conocidos popularmente como «naranjitas» (cuidacoches) y limpiavidrios en todo el territorio provincial. La nueva normativa modifica el Código de Convivencia Ciudadana (Ley 10.326) y busca ordenar el espacio público con reglas claras, mejorar la seguridad ciudadana y fortalecer el rol de los gobiernos locales.
Entre sus aspectos centrales, la ley prohíbe el cuidado de vehículos si no media una habilitación expresa de cada municipio o comuna. Serán estas administraciones locales las que decidan autorizar o no la actividad en su jurisdicción. Para quienes realicen estas tareas sin autorización, o incumpliendo las condiciones, la ley establece sanciones que van desde trabajo comunitario y multas hasta arresto.
La vicegobernadora Myrian Prunotto encabezó la sesión, que también contó con la conducción del presidente provisorio de la Legislatura, Juan Manuel Llamosas, y la vicepresidenta de la Cámara, Julieta Rinaldi.
La normativa fue elaborada con la participación de diversos actores sociales, como centros vecinales, cooperativas de trabajo, organizaciones sociales, la Pastoral Social de la Iglesia de Córdoba e intendentes de distintas localidades.
En paralelo a la regulación, la ley crea el Programa Transitorio de Inclusión Sociolaboral de Personas Cuidacoches y Limpiavidrios Urbanos. Este programa prevé un abordaje integral que incluye relevamientos de las personas en esta situación, capacitación en oficios, formación laboral y acompañamiento para la reinserción, tareas que se realizarán en articulación con los municipios y a través de la Universidad Provincial de Córdoba.
El Ministerio Público Fiscal será el encargado de investigar las infracciones, mientras que la autoridad policial se limitará a constatar los hechos y tomar medidas urgentes. Los municipios y comunas deberán informar al Ministerio de Seguridad provincial la identidad de las personas habilitadas para facilitar su control.
La ley entrará en vigencia a los 30 días de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
