Veamos, de manera muy sintética, cuáles podrían ser las proyecciones internacionales que se le presentan a Cristina Fernández de Kirchner (CFK), a partir de haber adquirido firmeza su condena penal. Analicemos los posibles escenarios, los resultados eventuales que podrían obtenerse y cuál podría ser su estrategia internacional en el ámbito de los derechos humanos.
El primer escenario natural es el sistema interamericano, compuesto por dos órganos, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), que es el tribunal judicial del sistema. En la CIDH tendrá dos alternativas. Primero podría solicitar una medida cautelar, y luego, en paralelo, presentar una denuncia ante ese mismo organismo para intentar generar un caso internacional.
Con la medida cautelar, con antecedentes como los de Petro Urrego en Colombia o Castañeda Guzmán en México, intentará que la CIDH reaccione para permitirle ejercer sus derechos políticos o para generar mejores condiciones de detención –recuérdese el antecedente favorable de Milagro Sala–. La diferencia fundamental que dificulta su situación en comparación con aquellos casos es que, en este, CFK tiene una condena penal firme.
En caso de obtener la medida cautelar, si el Estado no la cumple (esto podría ser posible por diversos motivos técnico-jurídicos), la medida se irá para Costa Rica y allí tendrá que resolver la Corte IDH. Considerando los antecedentes del tribunal es posible que la rechace, ya que implicaría pronunciarse sobre cuestiones de fondo.
Es importante comprender que el mecanismo de medidas cautelares es sumamente restrictivo. No se trata de probar los hechos, sino de demostrar que se está ante una situación grave, urgente y de imposible reparación ulterior, por lo que se otorgan generalmente en situaciones donde están en juego el derecho a la vida o la integridad personal. Para dimensionar lo limitado del mecanismo, se solicitan en promedio unas 1200 medidas cautelares al año, de las cuales se concede solo entre el 6 y el 7%. Respecto de la Argentina, por ejemplo, en 2024 se presentaron 89 solicitudes y solo una fue concedida (persona detenida con una enfermedad terminal).
El siguiente escenario dentro del sistema interamericano se presenta en el supuesto de que inicie una denuncia ante la CIDH dando lugar a un eventual caso internacional. Allí probablemente intentará denunciar que se violaron sus garantías judiciales durante el proceso en nuestro país y que la pena de inhabilitación que se le impuso no puede ser perpetua.
Sobre esta alternativa debe considerarse que un caso en la CIDH dura muchos años. Algunos han estado cuatro años, otros más de veinte (y han sido muy importantes). Las causas de estas demoras son múltiples y no es el objeto de este artículo desarrollarlas.
La CIDH recibe entre 2500 y 3000 denuncias al año, de las cuales entre 150 y 200 provienen de la Argentina. Muchas son descartadas. Actualmente hay unos 500 casos en trámite contra nuestro país. Se sigue un orden cronológico para el tratamiento de las denuncias, salvo supuesto muy especiales de per saltum para priorizar un caso. En un escenario muy optimista en cuanto a los plazos, en unos cuatro años la CIDH emitiría una resolución final, y si entiende que el Estado es responsable formulará “recomendaciones” para que no se vulneren más sus derechos. Luego, si el Estado no las acepta, el caso pasará a la Corte Interamericana, que es el tribunal internacional de la OEA, allí el caso suele demorar en promedio unos dos años.
La Corte IDH, en el supuesto de declarar la responsabilidad del Estado, puede ordenar una serie de medidas de reparación, que pueden ir desde una indemnización hasta que se ordene la revocación de la sentencia o inclusive que se dispongan reformas legales en relación con las penas de inhabilitación perpetua. Sobre esto es importante resaltar varios temas. Un caso internacional no determinará la culpabilidad o inocencia de CFK, sino si se respetaron o no sus derechos desde una perspectiva internacional. No se trata de una cuarta instancia. Es muy común que los hechos que se denuncian se refieran a derechos que se vulneraron en el sistema de justicia.
Otro tema relevante es que, si la Corte Interamericana llegase, luego de un largo proceso, a ordenar la revocación de la sentencia emitida por nuestra Corte Suprema esto difícilmente pueda prosperar, teniendo en cuenta el antecedente Fontevecchia. En ese caso vinculado con la libertad de expresión nuestro máximo tribunal entendió que revocar una sentencia suya implicaría violentar el orden público argentino. La otra vía que se le presenta a CFK es acudir al sistema de Naciones Unidas. Allí también dispone de dos escenarios posibles.
Primero, acudir al Comité de Derechos Humanos. Este comité cumple funciones similares al sistema interamericano. Tiene la ventaja de una tramitación más ágil, aunque sus decisiones son menos relevantes en términos de obligatoriedad y alcance. Lula optó por este camino, aunque en una situación diferente. La otra alternativa –que probablemente CFK utilice– es recurrir a los procedimientos especiales de la ONU, entre ellos la relatoría de “independencia judicial”. CFK ya empleó esta vía cuando comenzó a hablar de lawfare.
Este mecanismo no es un tribunal como la Corte Interamericana, pero es un proceso que busca activar una voz internacional, especialmente desde el ámbito de Naciones Unidas. Allí posiblemente sostendrá lo que viene afirmando en cada una de sus apariciones públicas en cuanto, desde su perspectiva, a la falta de imparcialidad e independencia del poder judicial.
En síntesis, es posible que CFK desarrolle una estrategia amplia, con un complejo litigio internacional para intentar alcanzar una sentencia internacional o al menos utilizar el sistema internacional como una caja de resonancia para generar impacto político interno –algo que ya ha sucedido en otros casos–. De este modo, si una voz internacional se expresara a su favor, seguramente sería utilizada para forzar un indulto, a pesar de las limitaciones que establece el artículo 36 de la Constitución nacional para los casos de corrupción.
Director del Centro de Investigación del Sistema Interamericano de la Universidad Católica Argentina