La decisión de la Corte Suprema de Justicia, un proceso ejemplar

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En una decisión unánime, la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el recurso de queja presentado por la defensa de Cristina Fernández de Kirchner contra su condena por administración fraudulenta en perjuicio del Estado.

La expresidenta había sido condenada a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por su rol en la adjudicación irregular de 51 obras públicas en Santa Cruz a empresas vinculadas a Lázaro Báez.

La Corte consideró que el recurso extraordinario presentado no cumplía con los requisitos de admisibilidad, al no contener una fundamentación autónoma ni una crítica concreta y razonada a los argumentos de los fallos anteriores.

Entre los planteos de la defensa, se denunciaban violaciones al principio de imparcialidad judicial, al principio acusatorio, al derecho de defensa y al principio de congruencia. También se alegaban irregularidades en la incorporación de prueba y la existencia de cosa juzgada. La Corte desestimó uno por uno estos argumentos, por considerarlos genéricos, mal fundados o ya resueltos por instancias anteriores.

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Sobre la alegada parcialidad de los jueces, el fallo subraya que la defensa no presentó ningún hecho concreto que afectara la imparcialidad, y que las supuestas conexiones entre magistrados y funcionarios fueron meras conjeturas.

En cuanto a la prueba, el tribunal señaló que el juicio fue amplio, contradictorio y respetó el derecho a defensa, y que incluso el peritaje sobre algunas obras fue representativo y válido para demostrar irregularidades sistemáticas.

La Corte también descartó la existencia de cosa juzgada, al sostener que las causas provinciales invocadas por la defensa no incluían a la acusada como parte ni versaban sobre los mismos hechos.

Finalmente, el fallo concluye en que no se vulneró ninguna garantía constitucional y que las sentencias anteriores son derivaciones razonadas del derecho vigente aplicadas a los hechos comprobados. Por todo ello, la queja fue rechazada y quedó firme la condena.

Resta ahora saber cómo se ejecutará la sentencia firme. En rigor, el expediente debería remitirse al tribunal de origen para que haga efectiva la condena de forma inmediata, disponiendo la detención, ya que se trata de una pena privativa de libertad que debe cumplirse con encierro.

Sin embargo, el Tribunal Oral Federal N° 2 optó por una vía menos abrupta: citó a Cristina Kirchner para que se presente dentro de los cinco días hábiles desde la notificación de la sentencia, a fin de hacer efectiva su detención.

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La condenada solicitó la prisión domiciliaria por “estrictas razones de seguridad personal”. En la mayoría de los casos, sin embargo, se procede primero a la detención y luego se evalúa la procedencia del beneficio. Esos cinco días pueden leerse como el margen concedido para hacer esos planteos.

El juicio por la causa “Vialidad” deja motivos para creer en las instituciones, aun en medio de tanto deterioro. Un equipo de fiscales, encabezado por Diego Luciani, sostuvo –contra viento y marea y en condiciones adversas– una acusación impecable y sólida que el tribunal oral acogió parcialmente al declarar la responsabilidad penal de la imputada.

Las pruebas fueron suficientes para fundar un juicio de certeza sobre la culpabilidad. Los adeptos de la condenada podrán hablar de venganza política o lawfare, pero los fundamentos del fallo no fueron refutados con argumentos, y cualquiera que no fuera Cristina habría sido condenada con la misma evidencia.

No debe perderse de vista, por lo demás, que el proceso se desarrolló casi por completo con la imputada en funciones como vicepresidenta y en el pináculo de su poder político. La valentía de los funcionarios judiciales ha sido, por tanto, determinante en el resultado.

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Después del fallo, Javier Milei opinó que la república funciona. Es una excelente observación, sobre todo para alguien que tiende a sobrepasar los límites, convencido de que la suerte lo acompañará siempre y que su poder, sostenido por éxitos económicos, se mantendrá incólume con el tiempo.

También Cristina gozó de una economía en expansión, altos niveles de aprobación y un control casi absoluto del Estado. Sin embargo, cayó en desgracia. El precedente es ejemplar.

  • Abogado

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